SOBRE LAS “RESTRICCIONES MENTALES”
Lutero fue un maestro del doble mensaje, con procedimientos turbios para ocultar la verdad.
La teología católica enseña que nunca es lícito mentir
[1]; ¡nunca!.
Sin embargo, a veces, en circunstancias extraordinarias, es
lícito ocultar la verdad a quien no tiene el derecho de conocerla (es el caso
de un confesor, el de un secreto profesional, el que intenta evitar un mal
mayor, etc.).
Santo Tomás, hablando de la virtud de la veracidad, conexa a la de
justicia, decía claramente:
“Por el hecho de ser animal social,
un hombre le debe naturalmente a otro todo aquello sin lo cual la
conservación de la sociedad sería imposible. Ahora bien: la convivencia
humana no sería posible si los unos no se fían de los otros como de personas
que en su trato mutuo dicen la verdad. Y, según esto, la virtud de la verdad
tiene en cuenta de algún modo la razón de débito”[2].
Sin embargo, en circunstancias excepcionales, se podría omitir la
verdad, pero jamás diciendo lo contrario a ella, de allí que los buenos
confesores y los buenos moralistas, desaconsejan este tipo de recursos a raíz
del fomes o mala inclinación que el hombre tiene desde el
pecado original, como señala Royo Marín:
“En general hay que desaconsejar a
todos el uso de las restricciones mentales, por lo fácil que es alucinarse sobre
la existencia de causa proporcionada e incurrir en verdaderas mentiras.
Solamente pueden usarse con verdadera y justa causa y a no poder más, o sea, cuando no
hay ningún otro procedimiento menos
turbio para ocultar una verdad que sea obligatorio callar”[3].
Lamentablemente, esta excepción a la regla ha sido –y es– muchas veces
quebrantada o malentendida por círculos religiosos (incluso católicos) que han
vuelto de la excepción una regla y, como sabemos, las excepciones regladas, se
vuelven reglas.
Algo análogo le sucedió a Lutero; por salvar “su obra”, por dejarse
llevar por sus pasiones, Lutero inducirá a sus seguidores a convertirse en hipócritas, aconsejando la restricción mental [4].
Veamos algunos ejemplos.
Ante la ordenación de un subdiácono, en la cual el obispo debía
preguntar al candidato, en plena ceremonia, si era o no libre de
llevar el yugo de la castidad, Lutero aconseja al joven que responda un “sí”
pero que, en su interior, agregue:
“En cuanto lo
permite la fragilidad humana” [5].
Otro ejemplo hablando de lo mismo:
“Delante de Dios parece que la forma
del voto debe ser ésta: hago voto de castidad hasta el punto que pueda
guardarla, entendiéndose que desde el momento en que no pueda guardarla, me sea
lícito casarme”[6].
Sus “restricciones mentales” (por momentos lisa y llanamente mentiras)
no le traían ningún problema de conciencia al punto de declarar en 1520
(¡apenas tres años después de su apostasía!):
“Sé que no vivo en
conformidad con lo que enseño”[7].
Así de simple.
Como señala Denifle,
“Lutero es quien arrastrará a los monjes a la más escandalosa
hipocresía, a la mentira y al fraude. ¡A tener una cosa en los labios y otra
distinta en el corazón!”[8].
Por eso no tendrá empacho al decir
que:
“Contra la malicia y perversidad del
papado, todo es lícito por
el bien de las almas [9] (…)
¿qué mal habría en decir una
mentira bien gorda para conseguir algún mejoramiento o provecho en
la Iglesia cristiana”[10].
“Porque ¿qué mal había en que
un individuo en beneficio y utilidad de la iglesia cristiana (quiso decir
luterana) dijese una mentira mayor de la marca?” [11].
Con estos mismos principios, aconsejará mantener en secreto un segundo
matrimonio, así:
“Débese negar en público el doble
matrimonio: ‘un sítan
secreto como éste (se trata del “consejo de confesión” de él y de los otros
sobre poder añadir a la primera una segunda mujer), no puede convertirse en sípúblico, pues, de otro modo,
secreto y público serían una misma cosa indistintamente, lo que no debe ni
puede ser así. Por lo tanto el sí secreto
deben continuar como un nopúblico,
y viceversa”[12].
“Decir una mentira necesaria, una
mentira útil, para ayudarse, no sería ofensa de Dios, y Él mismo cargaría con ella”[13].
P. Javier Olivera
Ravasi
[1] Seguimos aquí las fuentes citadas y cotejadas a partir de la monumental
obra de Fray Heinrich Denifle.
[2] Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, II-IIae, q. 109,
a. 3, ad 2um.
[3] Antonio Royo Marín, Teología moral para seglares, T.1, BAC, Madrid
1996, 748.
[4] Cfr. Heinrich Denifle, Lutero y el luteranismo.
Estudiados en sus fuentes,Tip. Col. Santo Tomás de Aquino, Manila 1920, 100.
[5] An den christl. Adel., Weim., VI, 441 y s. (Heinrich
Denifle, op. cit., 101).
[6] Weim., VIII, 630 (Heinrich Denifle, op. cit., 103).
[7] Enders, II, 312 (Heinrich Denifle, op. cit., 113).
[8] Heinrich Denifle, op. cit., 103.
[9] Enders, II, 461.
[10] Heinrich Denifle, op. cit., 409, 130 y
ssgtes.
[11] Kolde, Anal. Lutherana, p. 363 (Heinrich
Denifle, op. cit., 139-140).
[12] Carta de 16 julio de 1540 en De Wette, VI, 263 (Heinrich Denifle, op. cit., 138).
[13] Lenz, p. 375, y s. (Heinrich Denifle, op. cit., 140).
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