LA CUARESMA
Recomendaciones
del Concilio Vaticano II
El recuerdo del Bautismo y la práctica penitencial
De la Constitución “Sacrosanctum
Concilium” sobre la Sagrada Liturgia
109.
Puesto que el tiempo cuaresmal prepara a los fieles, entregados más
intensamente a oír la palabra de Dios y a la oración, para que celebran el
misterio pascual, sobre todo mediante el recuerdo o la preparación del bautismo y mediante la
penitencia, dése particular relieve en la Liturgia y en la catequesis litúrgica
al doble carácter de dicho tiempo. Por consiguiente:
a) Úsense con mayor abundancia los elementos bautismales propios de la Liturgia cuaresmal y, según las circunstancias, restáurense ciertos elementos de la tradición anterior.
b) Dígase lo mismo de los elementos penitenciales. Y en cuanto a la catequesis, incúlquese a los fieles, junto con las consecuencias sociales del pecado, la naturaleza propia de la penitencia, que lo detesta en cuanto es ofensa de Dios; no se olvide tampoco la participación de la Iglesia en la acción penitencial y encarézcase la oración por los pecadores.
110.
La penitencia del tiempo cuaresmal no debe ser sólo interna e individual, sino
también externa y social. Foméntese
la práctica penitencial de acuerdo con las posibilidades de nuestro
tiempo y de los diversos países y condiciones de los fieles.
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